La eventual candidatura del presidente Santiago Peña a la Junta de Gobierno de la Asociación Nacional Republicana (ANR) abre un debate sobre los límites constitucionales para ejercer funciones partidarias mientras permanece al frente del Poder Ejecutivo. Para el abogado constitucionalista Hugo Estigarribia, la clave está en distinguir entre postularse a un cargo y ejercerlo.
"La Constitución no dice que no podrán ser candidatos, sino que no podrán ejercer", afirmó en entrevista exclusiva con el diario El Nacional el especialista al analizar el alcance de las restricciones que rigen para el presidente de la República.
Hugo Estigarribia, abogado constitucionalista.
Estigarribia hizo referencia al artículo 237 de la Constitución Nacional, que establece la dedicación exclusiva del mandatario a sus funciones y le prohíbe ejercer otros cargos públicos o privados. Según su interpretación, esta disposición no impediría que Peña se presente como candidato a miembro de la Junta de Gobierno, aunque sí le impediría asumir y ejercer esas funciones antes de concluir su mandato presidencial, el 15 de agosto de 2028.
"En el caso de miembro de la Junta, él puede pedir permiso y pueden darle en la primera reunión", explicó. En ese escenario, Peña podría postularse y solicitar permiso para no ejercer las funciones partidarias hasta después de dejar la Presidencia.
La presidencia de la ANR, un escenario diferente
El análisis cambia si Peña pretende encabezar la Junta de Gobierno. Estigarribia señaló que, para ejercer la presidencia partidaria, sería necesario asumir formalmente y cumplir funciones como convocar y presidir las sesiones, lo que entraría en conflicto con la exclusividad de funciones establecida en la Constitución. "Para la presidencia de la Junta tiene que asumir, presidir la sesión, entonces eso ya es ejercicio también", sostuvo.
El constitucionalista advirtió que, aunque una candidatura pudiera ser jurídicamente posible, existe una diferencia entre presentarse a competir y poder cumplir efectivamente las funciones del cargo. "Puede candidatarse, pero no puede asumir antes del 15 de agosto, cuando entrega su cargo", manifestó.
El antecedente de Nicanor y el costo político
Estigarribia recordó el caso del expresidente Nicanor Duarte Frutos, quien, en marzo de 2006, siendo presidente de la República, volvió a asumir temporalmente la titularidad del partido por unas horas tras una medida cautelar dictada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que le permitió asumir brevemente y designar a José Alberto Alderete como vicepresidente primero para que lo sustituyera.
Para el constitucionalista, aquel episodio no solo generó cuestionamientos por violar el artículo 237 de la Constitución, sino que desató un fuerte debate político sobre la compatibilidad entre ambos cargos que también tuvo consecuencias políticas para el entonces mandatario y su sector. "Tuvo un costo político muy alto para Nicanor, para el partido de Nicanor", afirmó. Según su análisis, el conflicto contribuyó a unir a sectores de la oposición y fortaleció la aparición de un candidato opositor competitivo.
El abogado también advirtió que el ejercicio de otro cargo por parte de un presidente de la República podría tener consecuencias institucionales. "Cuando se viola la Constitución es causal de juicio político por mal desempeño de funciones del presidente, porque el presidente jura respetar la Constitución y las leyes", sostuvo. Añadió que, desde su perspectiva, también podría cuestionarse la actuación de ministros de la Corte Suprema si habilitaran una medida contraria a la Carta Magna.
Estigarribia mencionó, además, que Mario Abdo Benítez se postuló a la presidencia de la ANR mientras todavía era presidente de la República. A su criterio, la candidatura en sí no suponía una violación constitucional, pero, si hubiera ganado, habría enfrentado el mismo problema al momento de asumir y ejercer el cargo.
Así, el debate sobre una eventual participación de Peña en la conducción partidaria no se limita a su posibilidad de competir electoralmente. También plantea qué funciones podría ejercer mientras continúe como jefe de Estado y qué costo político podría acarrear un intento de sortear los límites constitucionales.





