Explicó que las multas se aplicarán a posteriori y mencionó que para hacer efectivos los pagos se habilitarán bocas de cobranza. Destacó que la obligación de votar está establecida en la Constitución Nacional. “Las multas las aplicaremos a posteriori, una vez que se haga el cruzamiento sabremos quién voto y quién no”, expresó.

Asimismo, Ruiz Díaz señaló que el Artículo 94 del Código Electoral establece quiénes están eximidos de votar: personas que están a más de 50 kilómetros de distancia del lugar de votación; las personas que no puedan acudir por cuestiones de salud, siempre y cuando presenten certificado médico; y personas privadas de libertad sin condena firme y ejecutoriada.