“Eso está fuera del marco legal, creemos conveniente que cuando cumplen su proceso de aislamiento no hace falta que presenten un test negativo para volver a sus puestos, siempre que ya tengan los síntomas”, explicó el viceministro de Trabajo Daniel Sánchez en comunicación con el programa Tempranísimo (Universo 970 AM).

Argumentó que los tests generan un costo para el empleado en caso de recurrir al sector privado y para el Estado en el sector público. A esto se suma la intención de cuidar los reactivos.

El viceministro reveló que son numerosas las denuncias de empleados que no solo reciben esta exigencia para retornar, sino que además son obligados a trabajar más horas por encontrarse en el método home office.

Los canales habilitados para formular denuncias laborales son las líneas 021 729 0100, internos 545/514 o el 0983 396 112 o al correo karinagomez@mtess.gov.py a cargo de la directora Karina Gómez.

DEFINICIÓN DE CONTACTO

Toda persona que ha experimentado un contacto cara a cara (sin mascarilla) con un caso confirmado a menos de 2 metros y durante al más de 15 minutos durante los 2 días anteriores y los 14 días posteriores a la aparición de síntomas del caso confirmado.

Para casos asintomáticos confirmados por laboratorio, el periodo de contacto se mide desde 2 días antes hasta 14 días después de la fecha en la que se tomo la muestra que dio lugar a la confirmación.