El fallo revoca expresamente el A.I. Nº 744 del 15 de octubre del año 2019 y dispone que Soler Cano se presente ante el Juzgado, una comisaría o penitenciaría habilitada en un plazo de 24 horas, bajo apercibimiento de ordenarse su captura nacional en caso de incumplimiento. Pocas horas después de la notificación, Carlos María Soler Cano se presentó de forma voluntaria el 03 de julio en la sede de la Guardia del Departamento Judicial Masculino, quedando bajo custodia de la Policía Nacional.

Además, el tribunal ordenó al Organismo Técnico Criminológico que evalúe al interno para determinar el establecimiento penitenciario adecuado, así como el tratamiento que deberá seguir durante su reclusión, sea de tipo psicológico, médico, educativo o laboral. Dicho informe deberá ser presentado en un plazo de 45 días.