La resolución obedece a los elementos de convicción que obran en la imputación para sostener la hipótesis tanto de peligro de fuga como de obstrucción, que se acentúa si se tiene en cuenta el tipo penal y la expectativa de pena para casos de tráfico de drogas y más aún a gran escala.
“Teniendo en cuenta, el relato fáctico descrito en el acta de imputación, así como los documentos que lo respaldan se pudo identificar a una supuesta organización criminal dedicada al tráfico internacional de drogas, específicamente cocaína, asentada en nuestro país, que involucraría a varios ciudadanos paraguayos, quienes presumiblemente se encargarían de recibir cargamentos de sustancias estupefacientes -cocaína- en territorio paraguayo, para posteriormente enviarlos al exterior, en contenedores que contendrían mercadería lícita, las que estarían contaminadas con supuestas sustancias estupefacientes -cocaína, ello con el fin de lograr el ocultamiento de las sustancias ilícitas referidas, en cargamentos de productos lícitos, que tendrían como destino final el exterior, específicamente Bélgica.”
“Resulta oportuno señalar, que durante el desarrollo de la audiencia de imposición de medidas, la defensa técnica se limitó a solicitar que su defendido guarde reclusión en alguna Penitenciaria más cercana, a fin de poder tener mayor comunicación con su representado.”
“Es decir, no ha presentado ninguna instrumental que acredite suficientemente el arraigo de su defendido, la que se halla determinada por el domicilio, trabajo estable y una familia bien constituida, las que al no ser probadas, impiden a esta Magistratura evaluar si son suficientes para desacreditar los peligros procesales.- Tampoco se han ofrecido cauciones suficientes que garanticen la sujeción del mismo, a las resultas del proceso penal.”
“Ante esta situación, no existen elementos que hagan presumir a esta Juzgadora, que el citado incoado se someterá al proceso, pues no existen garantías, que acrediten razonablemente que, con la aplicación de otras medidas menos gravosas, el peligro de fuga y de obstrucción puedan ser minimizados.”
Agrega el mismo estuvo prófugo de la justicia desde noviembre del año 2023, y si bien el día de la fecha se presentó voluntariamente ante la Comisaría 2° Metropolitana, el haber estado oculto, pese a la orden de captura nacional e internacional, demuestra su falta de voluntad de someterse al proceso que se le sigue, más aún teniendo en cuenta que la causa había tomado estado público.
El Observador



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