La Fiscalía formuló imputación sobre Montanía, en el marco de la causa N° 2871/2016: “Rony Maximiliano Román Ramírez s/ Lavado de Dinero”, por los hechos de Lavado de Dinero, y Asociación Criminal, tipos penales prevén una expectativa de pena de hasta cinco años por cada una.
Permaneció con paradero desconocido desde ese entonces hasta que fue capturado en Argentina, el 16 de octubre del año pasado, iniciando así su proceso de extradición.
Una vez en nuestro país, se realizó la audiencia de imposición de medidas en la cual el fiscal del caso, Osmar Segovia, solicitó la prisión preventiva por peligro de fuga, teniendo en cuenta que estuvo en rebeldía desde el momento de su imputación, y que se enfrenta a una pena carcelaria.
En tanto, su defensa alegó que está por cumplir los 71 años, por lo que solicitó medidas alternativas y ofreció un inmueble como caución real, certificado de vida y residencia por el cual justifica el arraigo correspondiente y así también teniendo en cuenta su estado de salud, el informe del médico forense.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 238 del C.P.P. “No se podrá decretar la prisión preventiva de las personas mayores de setenta años… o de las personas afectadas por una enfermedad grave y terminal debidamente comprobada. En estos casos, si es imprescindible alguna medida cautelar de carácter personal, se decretará el arresto domiciliario”.
El magistrado, al corroborar principalmente la edad del procesado y posteriormente su diagnóstico de hipertensión arterial hiperendemia y diabetes mellitus, decretó el arresto domiciliario.
De acuerdo a los antecedentes, Montanía era miembro del directorio de la empresa RSS Internacional, que supuestamente se dedicaba al rubro ganadero, pero que en realidad fue conformado por miembros del Primer Comando da Capital (PCC) para el lavado de activos provenientes del narcotráfico.



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