El documento tiene por objeto garantizar al niño, niña y adolescente, el derecho a ser protegido contra toda forma de explotación laboral, trabajo forzoso y/o peligroso, realizado en el criadazgo.

“Este derecho comprende acciones de prevención, detección, atención y reparación de los daños causados por el criadazgo”, dice la exposición de motivos.

La normativa, expresamente, prohíbe el criadazgo.

“Ningún niño, niña o adolescente será ocupado en esta actividad. No se considerarán excepciones a esta prohibición y la violación de ésta generará responsabilidades administrativas, laborales, civiles y penales para quienes la infrinjan”, señala.

Por amplía mayoría, el documento fue aprobado y derivado a la Cámara de Senadores.