La abogada Isabel Sanabria Cabañas, en representación de Montenegro, presentó un recurso de apelación general, en contra de la providencia de fecha 09 de octubre del 2024, dictado por el Juez Penal de Garantías Especializado en Crimen Organizado Osmar Legal. Los Camaristas refieren en la resolución que, en base al art. 461, la resolución recurrida no es recurrible por la vía de la apelación general por tratarse de una providencia de mero trámite que no causa agravio irreparable. 

 “El recurso de apelación procederá contra las siguientes resoluciones: 1) el sobreseimiento provisional o definitivo; 2) la que decide la suspensión del procedimiento; 3) la que decide un incidente o una excepción; 4) el auto que resuelve sobre la procedencia de una medida cautelar o su sustitución; 5) la desestimación; 6) la que rechaza la querella; 7) el auto que declara la extinción de la acción penal; 8) la sentencia sobre la reparación del daño; 9) la sentencia dictada en el procedimiento abreviado; 10) la concesión o rechazo de la libertad condicional o los autos que denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena; 11) contra todas aquellas que causen un agravio irreparable, salvo cuando expresamente se la haya declarado irrecurrible por este código. No será recurrible el auto de apertura a juicio” se lee en el escrito.

Según la hipótesis de la Fiscalía, Montenegro habría colaborado con transacciones para el grupo criminal de Pavão bajo las instrucciones directas del hijo de éste, Luan Pavão. Una de las tareas supuestamente asignadas al letrado fue la de administrar la estancia Villa Loma, de la cual era parte desde el año 2016 y, como pago por ese trabajo percibía la suma de Gs. 10.000.000.

PDS