En el marco de la causa se tiene la sospecha de que Ramón Mario González Daher, en fecha 27 de mayo de 2021, en el marco del juicio oral y público, realizado en el Expediente Judicial N” 108/2019, caratulado: “José Alberto Medina Sagales s/ Calumnia, Difamación e lnjuria”, habría prestado declaración ante la jueza María Fernanda García de Zúñiga, y en esa oportunidad fue preguntado de la querella autónoma, acerca del motivo de su salida como vicepresidente de la Asociación Paraguaya de Fútbol,
Al respecto de esa pregunta, González Daher habría manifestado que fue denunciado ante la Confederación Sudamericana de Fútbol, que de ahí pasó la denuncia a la Federación lnternacional de Fútbol Asociado, y para no continuar con el pleito, tuvo que renunciar como vicepresidente. Habría referido además que, existía una animadversión en su contra por parte de la Confederación Sudamericana de Fútbol. Según declaró González Daher no se le hizo llegar notificación alguna de la decisión tomada, creyendo él que fue por su renuncia a la Asociación Paraguaya de Fútbol.
Sin embargo, con dicha declaración habría faltado a la verdad, ya que el mismo no fue denunciado ante la Confederación Sudamericana de Fútbol, y menos que su salida se debió a una renuncia presentada por su parte, sino que, habría sido sometido a un examen de idoneidad e integridad, como exigencia de Ia Confederación Sudamericana de Fútbol y la Federación lnternacional de Fútbol Asociado, para integrar la Comisión-Directiva de la Asociación Paraguaya de Fútbol, dándose su salida por haber reprobado dicha prueba, resolviéndose, en consecuencia, su inhabilitación para ocupar el cargo de vicepresidente de la Asociación Paraguaya de Fútbol, afectándose con ello a su credibilidad como testigo y la valoración por parte del Tribunal de Sentencia.



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