Por improcedente y por no constituir una vía procesal oportuna fue rechazada la acción de amparo constitucional promovida por la abogada Yolanda Paredes, esposa de Paraguayo Cubas.

La magistratura electoral aclaró que sin siquiera entrar a estudiar la cuestión de fondo, una amparo debe ser dirimido por el procedimiento ordinario y no por un amparo.

Con la aplicación del artículo 570 del Código Procesal Civil el Juzgado en la Primera Instancia en lo Electoral de la Capital resolvió el rechazo in litis del recurso contra la Cámara de Senadores.

En la sesión extraordinaria del jueves pasado, la Cámara Alta probó la pérdida de investidura de Paraguayo Cubas, por el altercado con los Policías del Alto Paraná.

Miguel Fulgencio “Kencho” Rodríguez ya ocupa el lugar de Cubas sin el protocolo de juramento, pues ya había asumido meses atrás, cuando reemplazó a Cubas mientras estaba suspendido. No obstante la ANR mantiene el reclamo dela banca.