Para el 5 de diciembre deberán comparecer ante el juez penal de Garantías, Mirko Valinotti arrendatarios del complejo, Édgar Lemuel Torres Domaniczky y María Lila Contreras Saguier, así como para la otra sublocataria, María Marcela Contreras Saguier, para quienes se se solicitó el sobreseimiento provisional en virtud a las diligencias pendientes.

Si bien se imputó preliminarmente a Edgar Lemuel Torres Domaniczky, María Lila Contreras Saguier, Oscar Daniel Ruiz Fernández y María Marcela Contreras Saguier por su participación presuntamente responsable en el Homicidio Culposo de Rodolfo Antonio de Jesús Núñez Scolari, no obstante a estas alturas del Proceso consideramos concluida la investigación penal persecutoria, suficiente para formular Acusación contra Oscar Daniel Ruíz Fernández, debiéndose proseguir la acción penal para incorporar algunos elementos probatorios respecto a la definición de la responsabilidad atribuida

El 9 de diciembre hará lo propio el acusado Oscar Daniel Ruíz Fernández, sublocatario a quien se le atribuye los tipos penales de homicidio culposo y omisión para evitar un resultado lesivo.

Según antecedentes, la Carla Rojas formuló Imputación en fecha 31 de Octubre de 2023 contra Edgar Lemuel Torres Domanizcky, María Lila Contreras Saguier, Oscar Daniel Ruiz Fernández y María Marcela Contrera Saguier por la supuesta comisión de un hecho punible contra la vida tipificado como Homicidio Culposo, previsto y penado en el art. 107 del Código penal y su modificatoria por el art. 1º num. A) de la Ley N° 6771/21 en concordancia con el art. 15 del Código penal, como presuntos autores del hecho, art. 29 del Código penal.

“En las condiciones desarrolladas es posible advertir la grave negligencia en la que incurriera el señor Oscar Daniel Ruiz Fernández como Sub arrendatario del Complejo deportivo Arrayanes, quien fue alertado en varias ocasiones sobre la necesidad de reparar el tablero de electricidad de la torre afectada e incluso reemplazarlo por uno apto para la intemperie, pues el existente ni siquiera reunía esa condición. Si bien tanto Ruiz Fernández como la Co-imputada María Marcela Contreras Saguier son responsables de la Empresa Epro S.A., aparece notorio que quien se ocupaba de la explotación del Complejo deportivo era PERSONALMENTE Ruiz Fernández, su omisión del deber de cuidado, contribuyó al desenlace fatal que acabó con la vida de Rodolfo de Jesús Núñez Scolari.” 

El Observador