Los pedidos de aclaratoria fueron hechos por la condenada Lilia Graciela Espinoza de Rodríguez, bajo patrocinio del Abg. Derlis A. Céspedes, y el Abg. Elías Gibbons Dávalos, en representación de la condenada Sandra Natalia Hermosa.

El ministro Eugenio Jiménez Rolón, preopinante, apuntó que los pedidos resultan improcedentes debido a que no existe omisión ni cuestión dudosa u obscura en la sentencia dictada por esta Sala, como tampoco errores materiales que hagan procedentes los señalados pedidos, votando así por el rechazo, postura compartida por los demás miembros. 

Ambas profesionales fueron condenadas por el homicidio culposo de Sol Chávez, quien murió en abril del 2021 por intoxicación por consumo excesivo de flúor en el marco de un tratamiento odontológico. 

El 3 de julio esta sala confirmó las penas de 4 y 3 años de cárcel para Lilia Graciela Espinoza y Sandra Hermosa, condenadas por el homicidio culposo, a raíz de la muerte de Sol Chávez. 

En aquella oportunidad el ministro Manuel Ramirez Candia había votado por anular la última sentencia y aplicar las penas de dos años de cárcel impuestas en el segundo juicio.