La Justicia Electoral refiere que todos aquellos electores radicados en el país como en el exterior que hayan cumplido los 18 años de edad o que cumplirán hasta el 29 de abril del 2023, estén inscritos en el Registro Cívico Permanente y se hallen habilitados por la ley a sufragar, podrán elegir en comicios nacionales al próximo presidente de la República. También a vicepresidente de la República, a los 45 senadores titulares y 30 senadores suplentes.

Señala también, que, en las elecciones de carácter departamental, los votantes podrán elegir a 80 diputados titulares y 80 diputados suplentes, así como a los próximos gobernadores de los 17 departamentos de todo el país y a 257 miembros titulares e igual número de suplentes para el cargo de miembro de juntas departamentales.

En lo que respecta al horario de votación, la Justicia Electoral ha establecido que el día domingo 30 de abril del 2023, las puertas de los locales de votación estarán abiertas de 7:00 a 16:00, conforme a lo que establece el Art. 218 de la Ley Nº 834/1996, en concordancia con el horario de invierno, al igual que en los locales habilitados en Argentina, Brasil y EEUU. Por otro lado, en España, el horario para sufragar será de 10:00 a 19:00 (GMT+2).

Finalmente menciona que las elecciones internas simultáneas de las organizaciones políticas y concertaciones electorales serán fijadas en cumplimiento al Art. 218 de la Ley Nº 834/1996; en tal sentido, el horario de votación queda establecido desde las 7:00 hasta las 17:00, conforme al horario de verano.