En la nota se refiere que es irrefutable el papel crucial de la sociedad civil en la lucha contra la corrupción e impunidad. Así lo establecen la Constitución Nacional, la Convención Interamericana Contra la Corrupción, aprobada por Ley Nº 977/1996; la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, aprobada por Ley Nº 2.535/2005, el Código de Buen Gobierno, etc. Por ende, es indiscutible la legitimación que asiste a los ciudadanos que han decidido ser el contrapeso necesario para lograr un mejor control de la administración de justicia de nuestro país, y la obligación jurídica internacional de luchar contra la corrupción y su cumplimiento por el Estado Paraguayo, expresaron en la nota que lleva la firma de María

Esther Roa y Edith Rodríguez Godoy.

El Poder Judicial, el Ministerio Público y la sociedad civil, deben cumplir sus roles respectivos. El poder judicial y el ministerio público deben garantizar transparencia y rendición de cuentas, y la sociedad civil debe vigilar, monitorear y verificar los procesos penales de corrupción pública para evitar que quede impune, refieren.

Atento al informe del Observatorio Judicial del 16/10/24 y al monitoreo ciudadano de procesos penales de corrupción por parte de nuestras organizaciones sociales referente a la Causa N° 30 /2014 “OSCAR VENANCIO NÚÑEZ Y OTROS S/ LESIÓN DE CONFIANZA Y OTRO”, se tiene que a la fecha se halla pendiente de resolución el recurso de APELACIÓN ESPECIAL interpuesto por los procesados Oscar Venancio Núñez Giménez, Nancy Genoveva Núñez de Rousillón, Edulfo Antonio Verón Recalde y Emigdio Osvaldo Benítez Ortiz en fecha 5 y 8 de enero de 2023 contra la Sentencia Definitiva N° 572 de fecha 14/12/2023, dictada por el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos y Corrupción, integrado por los Dras. Elsa García Hulskamp, Claudia Criscioni y Cándida Fleitas.

 Oscar Núñez pide anular su condena

El exgobernador de Presidente Hayes y exdiputado por la ANR, Oscar Núñez, solicitó a la Cámara de Apelación que anule la condena de 11 años de cárcel que le fue impuesta en un juicio oral. En su escrito, critica toda la sentencia del Tribunal presidido por Elsa García e integrado por Claudia Criscioni y Cándida Fleitas. Pide a la Cámara que disponga su sobreseimiento definitivo por los hechos punibles de lesión de confianza y producción de documentos no auténticos, por prescripción; y ordene la realización de una nueva audiencia pública por el delito de administración en provecho propio.

En la propuesta de solución, la defensa de Núñez puntualiza que “como se vio, lo apuntado no implica una revaloración de las pruebas producidas, sino que las mismas jamás pudieron llevar al convencimiento judicial condenatorio, conforme a las reglas de la sana crítica, y la fundamentación deficiente del Tribunal la hace arbitraria e infundada, conforme lo visto”.

“Y en varios aspectos se afectó la congruencia entre el auto de apertura a juicio y la sentencia con relación a la inexistencia de los hechos asentados en aquella, confusión en cuanto a los recesos y suspensiones, con la acreditación del agravio concreto acontecido en la parte final de la jornada del 6 de febrero de 2023 y del 8 de febrero de 2023, la prescripción parcial de los hechos de lesión de confianza y producción de documentos no auténticos, de acuerdo con la causa Nº 30/2014, la falta de competencia funcional del Tribunal de Sentencia, pues había decisiones pendientes de resolución, la auto atribución de resolver por sí y ante sí un recurso de reposición que no fue dictado por dicho tribunal. A más de ello, la afectación de la garantía judicial del recurso, pérdida de imparcialidad con relación a las preguntas de cargo y las aseveraciones al tiempo de la audiencia de juicio que denotaban un sesgo particular y pre opinión con relación al fondo del caso (sin que se haya leído el auto de apertura a juicio), afectación a las reglas de la sana crítica, ausencia de elementos para configurar los tipos penales, fundamentación deficiente en cuanto a la determinación de la pena, a más de las inconsistencias verificables comparando las grabaciones del juicio, disponibles en fuentes oficiales del Poder Judicial con el acta de juicio, hacen que la decisión deba ser anulada por completo”, apunta la defensa en el extenso escrito de apelación de la condena.

“Finalmente, la pena impuesta no se encuentra motivada según el alcance del artículo 65 (con una lectura integral), con una doble valoración de las circunstancias del tipo, lo cual está prohibido, y los argumentos utilizados hacen lucir con claridad una equivocada determinación de la pena y una interpretación en perjuicio del procesado”, agrega la defensa.

Apuran decisión en caso Roussillón

Otro urgimiento se presentó ante los camaristas Carlos Escobar, María Elena Meza y Jazmín Hermosilla, para resolver la apelación de la fiscala Belinda Bobadilla, contra la resolución del juez Roberto Ferreira, que sobreseyó definitivamente e Rubén Roussillón, acusado en el caso de Oscar Núñez y que ahora es diputado.

El Observador