La promesa se suma al video viralizado esta semana donde se lo ve trasladando el mismo automóvil en una planchada por calles de la ciudad, con cartelería de su campaña.
Abogados electorales consultados señalaron que la acción podría encuadrar en varios hechos punibles previstos en la Ley 635/95 "Código Electoral Paraguayo":
Los delitos electorales que le afectarían:
Cohecho electoral - Art. 290
Establece pena de hasta 5 años de cárcel para quien "ofreciere, diere o prometiere dinero u otra dádiva" a un elector para que vote o no vote por determinado candidato.
El sorteo de un vehículo a cambio del voto califica como "promesa de dádiva".
Dádivas y otros beneficios - Art. 276
Prohíbe a candidatos y partidos "entregar o prometer bienes, dádivas, recompensas u otros beneficios" durante la campaña. La promesa de sorteo a electores está expresamente contemplada.
Propaganda que induce al voto mediante dádivas
El Código Electoral prohíbe cualquier tipo de propaganda que condicione el voto a la entrega de bienes o promesas económicas.
Juristas advierten que no importa si el sorteo se realiza antes o después de las elecciones. Al estar dirigido a "electores" y en plena campaña, se configura la intención de captar votos mediante un bien material.
"No es un bingo común.
Al anunciarlo como candidato y dirigirlo a electores, se convierte en una herramienta para influir en el voto", explicó un abogado electoral de la zona.
Hasta ahora el fiscal electoral de Pedro Juan Caballero no se pronunció oficialmente, pero fuentes del Ministerio Público confirmaron que ya existen antecedentes y denuncias similares que están siendo analizadas.



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