La Ley Orgánica Municipal 3966/10 es clara en su Art. 51 inc. N: Reconocer y registrar comisiones vecinales es atribución exclusiva del Intendente Municipal. Punto. No dice "concejales", no dice "Junta", dice Intendente.

Entonces ¿qué pasó? Pasó lo de siempre: ignorancia de funciones. Confundir "controlar" con "administrar". Creer que porque están en una banca pueden frenar la organización de los vecinos.

¿A quién perjudican?

A la gente de CIPAS-BVN. A los vecinos que solo quieren personería para poder gestionar una plaza, una minga, una ayuda para su barrio. Mientras los ediles debaten algo que no les compete, los proyectos se duermen en un cajón.

Una Junta Municipal seria debería saber sus 3 funciones básicas: Legislar, Controlar y Representar. No "reconocer comisiones". Para eso está el Ejecutivo.

Lo más grave es el mensaje: se le dice a la ciudadanía "nosotros decidimos si tu comisión vale o no". Y no es así. La democracia participativa empieza por las comisiones vecinales, no termina en una banca.

¿Qué corresponde ahora?

Que el Intendente ejerza su potestad y reconozca a CIPAS-BVN por resolución. Y que los concejales se dediquen a lo suyo: fiscalizar que esa resolución salga y que los recursos lleguen al barrio.

Bella Vista Norte necesita menos show en la Junta y más gestión en los barrios. Los vecinos de CIPAS-BVN ya hicieron su parte organizándose. Ahora falta que las autoridades hagan la suya: cumplir la ley