Los camaristas sostuvieron que, si bien existen informes técnicos favorables sobre la conducta del acusado, estos no son vinculantes para la autoridad judicial y deben analizarse junto con otros factores, especialmente aquellos relacionados con la seguridad. En ese sentido, el fallo enfatiza que las garantías procesales no obligan a conceder un cambio de régimen cuando existen razones legítimas que justifican mantener un esquema de custodia más estricto.
Insfrán enfrenta actualmente juicio oral acusado de integrar una estructura criminal vinculada al caso A Ultranza Py. De acuerdo con la Fiscalía, habría utilizado la asociación religiosa Centro de Avivamiento de Curuguaty para dar apariencia de legalidad a fondos provenientes del narcotráfico, incorporándolos al sistema económico y financiero mediante un presunto esquema de lavado de activos.



COMENTARIOS