El magistrado hizo lugar a la solicitud del Ministerio Público en atención a que el celular de la misma se encuentra en instancia Fiscal, no obstante las tareas de extracción no han sido concluida en su totalidad por lo que a criterio de esta representación sigue vigente el peligro de obstrucción. Por lo que se solicita se mantenga la medida impuesta al Juzgado salvo tenga el señor juez un criterio distinto”.

Procediendo al análisis de lo expuesto precedentemente y a las manifestaciones realizada por las defensas técnicas de la incoada Liz Elena Martínez Robles, sin bien es cierto ha presentado documentos varios, nos es menos cierto que el peligro de la obstrucción a la investigación sigue latente y no ha podido ser desvirtuado, por lo que a criterio de esta Magistrado, vemos que no se ha desvirtuado los presupuestos legales del Art. 244 del C.P.P., ya que la hoy imputada está en condición repito de arbitrar medios o mecanismos, para influir o modificar elementos de convicción o de prueba que hagan a la presente causa.

Para este Magistrado es importante en la audiencia sustanciada el día de la fecha, la Representante del Ministerio Público se opuso a la modificación de la medida cautelar con esto se puede colegir que a criterio del órgano investigador, el alto peligro de fuga y obstrucción a la investigación sigue latente, así como habla el artículo 242 del C.P.P. del supuesto hecho punible grave, en razón a que el fiscal se encuentra realizando las diligencias pendientes ya que estamos en una etapa incipiente de la presente investigación, por lo que este Magistrado, considera prudente no hacer lugar a lo peticionado por la Defensa Técnica de la imputada, debiendo ratificarse la medida cautelar de prisión preventiva dictada por Auto Interlocutorio N° 92 de fecha 17 de febrero de 2023.

De la imputación formulada a la secretaria fiscal Griselda Acha Alcaraz y a las abogadas Liz Martínez Robles y Nélida Alcaraz, detalla cómo presuntamente se produjo el pedido de coima a un hombre a cambio de una salida procesal para su hijo, que enfrenta un proceso por homicidio doloso. Según la tesis de la Fiscalía, hubo un pedido de G. 25.000.000 y posteriormente G. 7.000.000.

El acta de imputación señala que desde el 8 de febrero de este año aproximadamente, la abogada Nélida Vicenta Alcaraz Bogarín se habría puesto en contacto telefónicamente con Alcides Manuel Hermosilla, a fin de ofrecerle una “solución” al caso de su hijo Richard Hermosilla, quien se encuentra procesado y con privación de libertad en el marco de la Causa Penal N° 11.394/2.020 caratulada “Derlis García Enciso y Richard Daniel Hermosilla González s/Homicidio Doloso – Tentativa, Asociación Criminal y Producción de riesgos comunes”.

En esa primera llamada, la abogada Alcaraz Bogarín habría indicado a Hermosilla que en caso de estar interesado en “llegar a un arreglo con la Fiscalía” que se comunique con la abogada Liz Elena Martínez Robles, para lo cual le habría compartido vía WhatsApp el contacto de la misma.