El caso inició tras la denuncia de un grupo de concejales municipales contra el jefe comunal Hilario Adorno Mazacote, por la adquisición de Nipon Automotores S.A., un vehículo de la marca Mitsubishi, L200 Tritón Sport modelo 2022, con fondos municipales.

El intendente explicó que “se ha realizado el procedimiento administrativo con invitación a los posibles oferentes para la adquisición de la Camioneta de uso exclusivo para la administración Municipal, previa autorización de la Junta Municipal según resolución JM N° 004/22, en donde se han evaluado las ofertas más económicas y la más conveniente, de la cual resulta la firma Nipon Automotores S.A., por G 325.589.600, pagaderos de la siguiente forma: Entrega inicial G 50.000.000 y el saldo en 48 cuotas iguales y mensuales de G 5.741.450.

Los denunciantes, en su declaración testimonial manifestaron que el pago inicial de G 50.000.000 fue realizado con cheque cargo Banco Nacional de Fomento, cuenta a nombre de la Municipalidad de Puerto Casado, pero que dicho vehículo se adquirió a nombre del intendente y no a nombre del Ejecutivo Municipal, como estaba estipulado, lo que se ve reflejado en la factura de compra del automotor.

El 21 de julio de 2023, el defensor técnico de Adorno Mazacotte, presentó un escrito acompañado de varios documentos, donde resalta la Resolución I.M.N° 1039/2021 suscripta por el imputado en su calidad de Intendente por la cual se “aprueba la implementación del reglamento de trámites administrativos de la Municipalidad de Puerto Casado”.

Del mismo modo se ha adjuntado el Anexo a la Resolución I.M.N° 1038/2021, por la cual se establece el reglamento de trámites administrativos de la Municipalidad de Puerto Casado, donde entre otras cosas regula el sistema de pagos de salarios al Personal Permanente y Contratado de la Municipalidad en cuestión. Así mismo, otros documentos como ser Nota de fecha 04 de enero de 2022 suscrita por Hilario Adorno Mazacotte, solicitando pago anticipado de salarios de los meses de marzo, abril y mayo; y la Resolución ADM N° 3800/2022 de fecha 10 de enero de 2022 por la cual el señor Hilario Adorno Mazacotte como Intendente Municipal se auto aprueba anticipo de salarios de los meses de marzo, abril y mayo (parcialmente), autorizándose a sí mismo la entrega de la suma de Gs. 50.000.000.

Al analizar los documentos agregados se constata un aprovechamiento personal en beneficio propio de Hilario Adorno Mazacotte, quien como máxima autoridad del Municipio realiza actos administrativos y también contratos particulares que de otra manera y sin ejercicio de dicha función no las podría realizar.

En su carácter de jefe comunal, suscribió una Resolución Administrativa auto adjudicándose adelanto de salarios correspondientes a tres meses, específicamente a los meses de marzo, abril y mayo del año 2022, siendo que cuando realizó dicho acto recién estaba en los primeros días del mes de enero de ese año; sin embargo, no dispuso lo que la lógica establecía, es decir, adelantar el pago del mes de enero ni tampoco el mes de febrero del mismo año.

Al autoasignarse el pago adelantado de varios meses de salario, lo realiza fundado en una resolución que reglamenta trámites administrativos para pagos de salarios, el cual en ninguno de sus capítulos dispone ni establece las reglas administrativas para el pago adelantado de salarios y menos aún, el adelanto de varios meses.

El monto retirado, correspondiente a la suma de G 50.000.000, lo utiliza para comprar la camioneta ya individualizada a título personal, librando él mismo en su rol de Intendente el cheque respectivo; sin embargo, dicho documento sale librado a la orden de “Nipon Automotores S.A.” y no a nombre de Hilario Adorno, como hubiese correspondido en caso de tratarse de un cheque con el cual se estaba abonando salarios.

Con estas documentaciones mencionadas precedentemente, se puede apreciar que el intendente de Puerto Casado, dictó resoluciones administrativas para obtener beneficios personales de manera directa y así utilizó dinero o rubro de la Municipalidad en beneficio personal, a fin de hacer una entrega inicial por un monto de G 50.000.0000 para la adquisición de un vehículo automotor, que en principio debería estar a nombre del ejecutivo Municipal.