Los imputados son Oscar Humberto Simón Palmerola, Cynthia Monserrat Ríos Villagra, Darío Alejandro Zanin y José Luis Rodríguez Paredes, por estafa, lesión de confianza y asociación criminal 

La camarista Nilda Estela Cáceres, preopinante, sostuvo que la causa controversia tiene su origen en una relación contractual  y no puede negarse la existencia de elementos que para dirimir la discusión en el ámbito civil y/o comercial, no obstante, dicha circunstancia, por sí sola, no excluye la eventual relevancia penal de determinadas conductas, “pues del relato fáctico surgen otros elementos que podrían resultar relevantes para la configuración de los hechos punibles mencionados por el titular de la acción penal pública, cuya existencia y alcance deberán ser determinados durante la investigación”.

Añadió que si bien los acontecimientos se producen dentro de una relación comercial, se encuentran individualizados documentos, fechas y las conductas que, según la Fiscalía  deben ser objeto de esclarecimiento, así como la atribución concreta que se efectúa respecto de los imputados, atendiendo a las funciones que habrían desempeñado como directivos o ejecutivos al frente de  la persona jurídica involucrada.

A su criterio, el acta de imputación aun cuando contiene una descripción básica, proporciona los datos necesarios para que los imputados conozcan los hechos atribuidos y puedan ejercer adecuadamente su defensa, por lo que no existen motivos para imprimir trámite de oposición, decisión compartida por los demás miembros, Raúl Antonio Insaurralde Galeano y Efren Giménez Vázquez.

Según la imputación, Bem Estar Clínica Estética S.A. e INDUFAR C.I.S.A. se vincularon para la producción y distribución exclusiva de productos elaborados con Tirzepatida. Se menciona que BEM ESTAR entregó a INDUFAR información comercial reservada, la fórmula del producto y su Forecast, bajo acuerdos de confidencialidad y distribución exclusiva. 

Según el relato, los directivos Oscar Humberto Simón y Cynthia Ríos habrían diseñado las maniobras, ejecutadas por los gerentes Dario Zanin y Jose Luis Rodriguez, quienes presuntamente habrían reducido el suministro a BEM ESTAR mientras abastecían a farmacias vinculadas a su entorno con información comercial reservada. También se atribuye a INDUFAR haber modificado la presentación del producto de una caja grande a una pequeña, dejando a BEM ESTAR con 20.882 cajas invendibles, valuadas en USD 1.124.000; haber incumplido compromisos contractuales, entre ellos gestionar registros sanitarios y entregar 35.000 cajas de T.G. 15 mg; y haber destinado supuestamente mercadería a su propio circuito comercial.

El relato sostiene también que los hechos formarían parte de un accionar coordinado para desviar productos, captar la clientela de BEM ESTAR y alimentar la venta informal hacia Brasil, ocasionando un perjuicio total aproximado de Gs. 24.084 millones.