En el escrito se explica, que la denunciante formuló denuncia contra su expareja fundando su pretensión en la ley 1600/000. Como consecuencia de ello, la jueza Ignacia Mabel Escobar, ordenó medidas de protección urgentes, entre ellas, la que resalta la exclusión del hogar del denunciado. También fijó la audiencia para sustanciar el procedimiento especial de protección.

“Hasta aquí uno entendería que el proceso ha seguido el curso regular, el cual tiene por finalidad conceder protección a toda persona física que sufra lesiones, maltratos, entre otros, por algún integrante del grupo familiar”, señalaron los abogados del denunciado en el escrito presentado ante el juez Roa y en el cual advierten el ejercicio abusivo del derecho de la contraparte.

Lo llamativo del caso, es que la jueza de paz excluyó al denunciado de su propio domicilio, que no es habitada por su expareja, quien vive en otra casa y de lo cual hay constancia en el expediente.

“He aquí la primera irregularidad en la que incurrió el juzgado, como consecuencia de las falsas alegaciones realizadas por la denunciante y ordenó la exclusión del padre de su domicilio (donde no habita la denunciante, quien nunca residió en dicha casa) y dispuso el reintegro de la mujer”, se explica en la presentación.

“Este hecho de por sí denota el ejercicio abusivo del derecho y la mala fe por parte de la denunciante y de sus abogados patrocinantes, en tanto que, mediante alegaciones falsas, llevaron al juzgado a excluir al padre de su propio domicilio”, se apunta.

AUDIENCIA DE SUSTANCIACIÓN

En el caso, cuando se tenía que realizar la audiencia de sustanciación, en la cual el padre podría ejercer su derecho y demostrar la falsedad de los hechos denunciados y la decisión errónea de excluirle de su casa, la parte denunciante recursó a la jueza de paz bajo patrocinio del abogado Pedro Cabral Núñez. Dicha recusación fue rechazada por el juez de primera instancia y se fijó nueva fecha de audiencia.

Sin embargo, la denunciante volvió a recusar a la magistrada de paz, bajo patrocinio del abogado Andrés Álvarez Núñez. Esta recusación esta pendiente de resolución en el despacho del juez Roa, que se espera que tome una rápida decisión, atendiendo la situación de urgencia que se presenta en el caso.

En el escrito presentado ante el juez Roa, se pone a su conocimiento la actitud atentatoria contra el principio de moralidad y piden declarar el ejercicio abusivo del derecho por parte de la denunciante y disponga la remisión de los antecedentes al Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema.