En este caso, la querella fue presentada por la funcionaria Dora Elizabeth Recalde Barrios, representada por los abogados Óscar Luis Tuma y Víctor González. Los hechos punibles que atribuyen a la abogada Nidia Pintos son los de Calumnia, Difamación e Injuria previstos en los arts. 150, 151 y 152 del código penal; por haber hecho una denuncia presuntamente falsa sobre un acto sexual ocurrido en las oficinas de la Defensoría del Pueblo, y que involucraba al titular, Rafael Ávila, y las funcionarias Adriana Sanabria (cuya querella ya fue elevada a juicio anteriormente) y Dora Recalde.

El escrito señala que el supuesto acto sexual denunciado no tardó en difundirse a través de varios medios de comunicación, afectando gravemente la reputación y el honor de la funcionaria Dora Recalde, “quien es ampliamente reconocida no solo por su integridad y profesionalismo, sino también por su dedicación como madre ejemplar”.

Con miras al juicio oral, fueron admitidas como pruebas varias publicaciones realizadas en medios de comunicación, en las que Pintos se reafirma en sus dichos. También fueron admitidos varios testigos, entre ellos, el mismo Defensor del Pueblo, Rafael Ávila. 

Finalmente, la magistrada resolvió convocar a juicio oral y público a las partes en fecha 15 de septiembre del 2026 a las 8:30 horas.

El Observador