“Debe advertirse que el hecho de que el procesado sea hijo de una jueza no es argumento para una medida cautelar menos gravosa, ya que la igualdad ante la ley exige que todos en un estado de Derecho estemos sometidos a la misma normativa y ciertamente habría que tener mayores cuidados respecto del procesado, ante el riesgo que implica enviar a la penitenciaría donde todos los días la madre está enviando también reclusos, pero en todo caso esto sería argumento para normas de seguridad o traslado a un lugar seguro, pero no para una medida menos gravosa, si esta corresponde”, señaló el juez Recalde en una parte de su resolución.
Agregó que lo determinante para resolver el caso, ante la gravedad de los hechos, es la juventud del procesado, “que aunque sea considerado mayor de edad para nuestra legislación, incluso para las normas convencionales puede ser considerado niño y de hecho se encuentra en la etapa de educación media aún, y adicionalmente a esto, se suma que su condición emocional e intelectual lo han llevado antes de este caso a tener un trato diferenciado por su discapacidad, lo que da cuenta que no es necesaria la prisión preventiva para el caso putual”.
Capaz de conocer antijuridicidad del hecho
El informe sicológico emanado de la sicóloga forense del Poder Judicial, Lic. Gladys Larriera, indicó, entre otras cosas: “El cuestionario SVR-20 no arrojó datos significativos en relación a la causa. Test de inteligencia r1: resultado término medio inferior, que puede repercutir en el proceso de aprendizaje, no obstante, el evaluado presenta capacidad de auto determinarse y de conocer la antijuridicidad del hecho que se investiga en esta causa”. Es decir, que la profesional dejó en claro que el imputado conoce, sabe, es consciente de lo que realiza.
Ante la sicóloga refirió: “No me puedo hacer responsable de un hecho que no cometí, en ningún momento le toqué un pelo a la chica, sí me fui a su departamento porque ella me invitó a ver películas, no llegué a preguntarle su edad porque me pareció una interrogación fuera de lugar”.
“Existen los informes sicológicos privados y de una sicóloga forense, que por el contrario concuerdan en la capacidad intelectual disminuida del joven y en la no existencia de rasgos de violencia”, señaló el juez en el argumento de su resolución. Sin embargo, no rescató la parte en donde la sicóloga forense señaló que González Salomón conoce la antijuridicidad del hecho.
En informe sicológico privado elaborado el 15 de setiembre pasado por el licenciado Raúl Rivelli es lo que refiere que el imputado “no muestra rasgos agresivos o algún indicador de agresividad”.
En la audiencia de revisión, el juez escuchó el argumento de los abogados defensores y luego a la madre de la víctima, quien se opuso al arresto del imputado.
En el acta se dejó constancia que el fiscal Guillermo Chamorro no participó de la diligencia.



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