Como causal de recusación, los fiscales invocan el artículo 50 del Código Procesal Penal, inciso 10 “haber emitido opinión o consejo sobre procedimiento que conste por escrito o por cualquier medio de registro” y el inciso 13 “cualquier otra causa fundada en motivos graves que afecten su imparcialidad o independencia”.
Precisan que el pedido de su apartamiento es respecto a los argumentos asumidos por la jueza Portillo dentro del fallo emanado en la causa “Oscar González Daher y otros s/ Enriquecimiento Ilícito y Otros”, sobre el cual brindó entrevistas a medios de prensa “en la que asume una postura unívoca respecto a lo que se pretende debatir en el presente juicio oral y público, por lo que, en ambas circunstancias, se encuentran presentes los motivos que fueron enunciados por estos representantes públicos”.
Aseguran que “sentó postura mediante su opinión pública que consta en una publicación periodística, donde evidencia su parcialidad respecto a que la declaración jurada realizada ante la Contraloría General de la República no configura una conducta típica”.
Si bien reconocen que la magistrada no se refirió puntualmente sobre el caso Durand, “sí realizó opiniones con respecto al tipo penal acusado y que de manera análoga se sostiene sobre la misma porción fáctica sobre la cual tiene una postura asumida, por lo que su criterio se vería comprometido desde el mismo momento en que se inicien los alegatos iniciales presentados por la Fiscalía”.
En julio pasado el Tribunal de Apelación en lo Penal anuló la sentencia que absolvió a Dany Durand por declaración jurada falsa y ordenó la realización de un nuevo juicio, que estará a cargo del Tribunal presidido por el juez Juan Carlos Zarate Pastor, e integrado por María Fernanda Garcia De Zuñiga y Yolanda Portillo, hoy recusada.



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