En primer término, el juez analizó la situación de Wasmosy, teniendo en cuenta que el fiscal Corvalán se rectificó en la acusación presentada por la fiscala María Estefanía González y solicitó el sobreseimiento definitivo de Wasmosy, a lo cual se allanó la defensa y planteó un incidente de sobreseimiento definitivo basado en “hechos nuevos” a favor de su defendido.
Otazú apuntó, que por un lado se tiene la acusación de la fiscala González, quien solicitó juicio oral para Wasmosy. Po otro lado, su colega Alcides Corvalán solicitó sobreseimiento definitivo.
Corvalán refirió en la audiencia preliminar que Wasmosy no suscribió formulario, el cual fue presentado dentro del proceso de licitación de la Conajzar, y donde se encontraba la declaración jurada por lo que, mal podría atribuirse al empresario la autoría de la comisión del hecho punible de declaración falsa, dijo.
“El fiscal Alcides Corvalán señal que el formulario presentado en el marco de la licitación en cuestión no habría sido suscripto por el señor Alvaro Wasmosy, lo que le eximiría de la responsabilidad ante el tipo penal de declaración falsa. Sin embargo, dentro de la acusación fiscal se señala lo siguiente: “que, si bien dicho documento no fue efectivamente presentado por dicha firma, es una falsedad de que ese documento era suficiente para acreditar que no se encontraba con ninguna deuda con el fisco. Esta situación ha sido confirmada con el informe remitido por la dependencia competente en materia de percepción de Tributo”, manifestó el magistrado en una parte del análisis sobre el caso.
“Asimismo, el agente fiscal manifestó que la empresa TDP, cuyo titular es el señor Alvaro Wasmosy, efectivamente al momento de presentarse al llamado de licitación no se encontraba en deuda con el fisco. Sin embargo, posteriormente refiere que la deuda no existía por falta de determinación tributaria; pero que, posteriormente si fue realizada la determinación tributaria, incluso citó resolución de la SET de fecha 14 de julio de 2022, y que la deuda fue fraccionada y adelantada el pago hasta el año 2025”, enfatizó en otro párrafo el magistrado Otazú.
Teniendo en cuenta estas contradicciones, el juez rechazó el sobreseimiento definitivo planteado por el fiscal Corvalán con relación al señor Alvaro Wasmosy.
Luego, el magistrado analizó el sobreseimiento provisional planteado a favor de cada uno de los acusados, entre ellos el expresidente de Conajzar, José Ortiz.
La actuación del fiscal Corvalán en esta causa, resulta altamente sospechosa, ya que además de rectificar la acusación de su colega titular de la causa, cayó en contradicciones durante la preliminar, según el análisis realizado por el magistrado Otazú.
El expediente será remitido a la Fiscalía General, para que Emiliano Rolón o algún adjunto, ratifique o rectifique la postura de Corvalán, quien habría actuado de esta manera, con el visto bueno del titular del Ministerio Público, según manifestaron nuestras fuentes.



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