Rodríguez Ojeda había sido sentenciada a la pena de 5 años de prisión por lavado de dinero producto del tráfico internacional de drogas en favor del esquema del uruguayo Sebastián Marset, en el marco del proceso derivado del Operativo A Ultranza Py.
Según el Ministerio Público, la mujer fue señalada de haber creado empresas junto a su ex pareja Koube, para inyectar al sistema financiero paraguayo dinero y activos provenientes del tráfico de estupefacientes. Ella habría utilizado la firma La Hortensia, así como cuentas y bienes registrados a nombre de José Ugarriza, para mover el dinero.
El abogado Raúl Caballero, por la defensa de la condenada, había requerido el beneficio de la libertad condicional teniendo en cuenta su conducta durante el cumplimiento de la pena. Es más, el 21 de julio del año pasado, el Juzgado le había otorgado 22 días de redención a favor de la condenada. Es decir, se le descontó esa cantidad de días de su pena.
Además, la mujer ya contaba con salidas transitorias dictadas por el juzgado, por lo que ahora requería la libertad condicional.
La agente fiscal se opuso a la concesión de la libertad condicional teniendo en cuenta que la propuesta de trabajo que tenía la condenada no contaba con cuestiones esenciales como horario ni días en que prestará servicios.
Ya al analizar el pedido, la magistrada señaló que se cumplieron con todos los requisitos de cumplimiento de dos terceras partes, informes sicológicos y asesoría de prueba, finalmente concedió la medida.
Con ello, la jueza había establecido que la mujer iba a compurgar su pena privativa de libertad el 28 de setiembre de 2027, por lo que fijó hasta esa fecha la libertad condicional e impuso obligaciones y reglas de conducta.
Reglas de conducta
Según la resolución judicial, se dispuso las siguientes condiciones: La obligación de comparecer ante la secretaria del juzgado del 1 al día de cada mes, a partir agosto de 2026; obligación de seguir tratamiento psicológico conforme necesidad; de presentar el certificado de vida y residencia de manera semestral; y presentar certificado de trabajo en 30 días, luego de manera semestral.
Además, la prohibición de consumir bebidas alcohólicas, ni estupefacientes con control aleatorio; la prohibición de salir del país sin autorización del juzgado; la prohibición de cometer cualquier otro hecho punible; obligación de residir en el domicilio en su domicilio denunciado.
Igualmente, como reparación del daño social, deberá donar la suma de G. 2.437.500 al Departamento de búsqueda de prófugos dependiente de la Dirección contra el Secuestro y el Terrorismo de la Dirección General de Investigación para la adquisición de equipo necesario para la los allanamientos.
También tiene la obligación de donar cada cinco meses ante secretaría de este juzgado, por el término del periodo de prueba (la primera en octubre de 2026) de una computadora con sus componentes, monitor, teclado, mouse y una impresora.
Finalmente, tiene prohibición de permanecer en la vía pública desde las 23:00 hasta las 05:00 horas y realizar trabajo social en el Hospital psiquiátrico los días sábados de 07:30 a 12:00 horas cada 15 días, debiendo dicha institución remitir constancias de cumplimiento de manera mensual.
Se estableció una caución real por G. 300.000.000 que podrá ser cubierta con dinero o bienes suficientes y la fianza personal de Edith Rodríguez por la misma suma.



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