Indicó que el Código Penal en su artículo 217 dice que es un omitente una persona que estuvo presente en el suceso y no ayudó o alguien al que le piden intervención de forma directa y no accede.

Kuo señaló que es una situación compleja. Se da el caso de personas que pasa casualmente por una sitio donde ocurrió el accidente, pero no fue testigo.

La figura de la omisión de auxilio tiene un pena baja, un año de cárcel o multa, por lo tanto uno ni siquiera pisa la cárcel por ello.

También se da el caso donde una persona opta por no intervenir cuando también su integridad corre riesgo.