La Fiscalía contestó al pedido de la defensa que este derecho “no puede ser utilizado discrecionalmente por el imputado debido a que el uso de un aparato de telefonía celular, no solo daría contacto con sus familiares y allegados, sino que también podría ser utilizado por el incoado para ejercer actos que puedan obstruir la presente investigación fiscal”.
Esto se debe a que el excandidato a presidente empleó las redes sociales a través de su teléfono celular, para cometer los hechos por los cuales es investigado, “lo que indicaría el peligro de obstrucción y la posibilidad de cometer hechos punibles mediante el uso de aparatos celulares”.
Al respecto, el magistrado sostuvo que no se reúnen los requisitos para el otorgamiento de la autorización judicial en razón de que el imputado “ha demostrado desde el inicio de esta causa una actitud obstruccionista en cuanto al desarrollo del proceso, por lo que teniendo en cuenta que la base de la relación fáctica de la imputación era que él mismo a través de redes sociales ha tratado de influir en la conducta de sus seguidores por lo que la autorización solicitada es a todas luces contradictoria” y agrega que “podría seguir utilizando las cuentas de sus redes sociales para de esa forma seguir emitiendo valoraciones sobre autoridades del Gobierno”.
El juez también hace mención a lo que sucedió recientemente, cuando Cubas, a través de una carta publicada en redes sociales, profirió insultos en su contra calificándolo de “ladrón, puesto en el cargo por indicación política por encargo de Juan Carlos Cale Galavera, Juez prevaricador, delincuente, evasor de impuesto, lavador de dinero, pidiendo dinero a un Ex Senador para alivianarle su proceso (coima), sin mencionar el nombre del Ex Senador ni la identificación de la causa penal, inútil, venal, viejo verde”, entre otros.
Por estas consideraciones, resolvió rechazar la pretensión de la defensa del excandidato a presidente.



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