La defensa de Farid había apelado la resolución del juez Delmás, cuando este tuvo a su cargo la causa. El letrado alegó que el magistrado no le dio oportunidad a la defensa de designar un perito, de conformidad a lo que establece el artículo 219 del Código Procesal Penal.
La Cámara sostuvo que el juez cayó en una contradicción, ya que por un lado hace lugar a la extracción de datos en los términos requeridos por la Fiscalía y por el otro, procede a designar perito informático propuesto por el Ministerio Público.
“El juez concedió la extracción de datos en carácter de pericia en virtud a lo resuelto en el punto III de la parte resolutiva, siendo así entonces, el juez penal no otorgó al fiscal interviniente conforme a lo requerido sino que erróneamente concedió la extracción de datos bajo la figura de otro medio probatorio que establece una regla de procedimiento especial, por tanto, corresponde revocar el A I Nº 400 del 11 de agosto de 2023, a los efectos de que el A-quo dicte nuevamente resolución ajustada al requerimiento del Ministerio Público”, dijeron los camaristas en el Auto Interlocutorio Nº 725 del 20 de diciembre pasado.
El 4 de agosto pasado, Farid González fue detenido en un operativo encubierto. Fue denunciada por Pamela Núñez, víctima de violencia familiar. La denunciante dijo que Farid le pidió dinero a cambio de que su esposa, la jueza Norma Salomón, revoque el arresto domiciliario de su expareja Carlos Vigo, y lo remita a prisión.



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