El exsecretario de Estado durante el gobierno de Federico Franco Que, planteó una inconstitucionalidad contra de la resolución dictada por el Tribunal de Apelaciones que resolvió -entre otras cuestiones- la confirmación de la Sentencia Definitiva dictada en primera instancia. Ante esta resolución, manifiesta el recurrente que la decisión impugnada conculca gravemente el derecho a la defensa, ya que omitieron reglas básicas del debido proceso constitucional y el Pacto de San José de Costa Rica, al punto que desconocieron la normativa aplicable en materia penal. Invoca la vulneración de los artículos 9, 11, 16, 17 incisos 7, 8 y 9; 45, 137 y 256 de la Constitución.
Estos artículos tienen relación con el derecho a la libertad, a la defensa en juicio, derechos procesales, específicamente la comunicación previa y detallada de la imputación, impugnación de pruebas, derechos y garantías no enunciadas, supremacía de la constitución y derechos en la forma de realización de juicios orales.
La Sala Constitucional compuesta por el ministro Gustavo Santander y los jueces Belén Agüero y Juan Andrés Martínez Zárate, considera que la parte accionante ha invocado concretamente el agravio y las normas que consideran vulneradas exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las cuales corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad.
Antecedentes
La defensa del exsecretario del JEM interpuso un recurso de casación contra el Acuerdo y Sentencia Nº 90 del 23/11/2021, por el cual se ordena la realización de un nuevo juicio en el marco de la citada causa, en el cual también está acusado el abogado Carmelo Caballero, exministro del Interior.
Fernández Lippmann había sido condenado a 2 años de pena privativa con suspensión a prueba de la ejecución de la condena, misma condena que recibió Óscar González Daher, pero la acción se extinguió con su fallecimiento. Por su parte, Caballero fue condenado a 1 año 8 meses con suspensión a prueba.



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