“Para nosotros es importantísimo, gracias a los medios nosotros podemos enterarnos de lo ocurrido en cualquier rincón del país. Estuve escuchando que hay gente que cuestiona que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados decida iniciar una investigación preliminar a cierto magistrado por una publicación periodística, pero para nosotros como Jurado, es un medio válido. No podemos omitir o inobservar esa situación porque si la prensa se hace eco, es porque medianamente el hecho habrá ocurrido. Entonces, nosotros como Jurado tenemos que darle retorno a la gente también, y auxiliarle verdad, porque está dentro de nuestras potestades, la ley 6814 nos da esa esa posibilidad de iniciar de manera preliminar una investigación y bueno, que mejor que ustedes, los medios de prensa para informarnos de eso”, apuntó el legislador, que actualmente preside el órgano juzgador.

-Además, para para ir entendiendo mejor, eso no es que se toma a la ligera. Pasa por un estudio, un análisis de la Dirección Jurídica y después se elabora un dictamen, y ustedes consideran ese dictamen.

“Nosotros informamos al pleno lo ocurrido según los medios de prensa, eso derivamos a la Dirección Jurídica y la dirección Jurídica pide todos los antecedentes del caso. ¿Qué hace la Dirección Jurídica? Una vez que comprueba la viabilidad de la investigación volvemos a someter al pleno y el pleno resuelve si da continuidad o activa el caso”.

-Claro, entonces, lo que hace es profundizar ya en la Dirección Jurídica, profundiza ya la investigación con base a esa publicación periodística. A ver, para entender el procedimiento sería, puede pedir informes a la Corte puede pedir informes al juez, puede pedir informes a la Fiscalía, entonces ahí para ir juntando más elementos y hacer ese análisis jurídico.

“Totalmente, o sea que nosotros juntamos todos esos presupuestos a través de la Dirección Jurídica y obramos según eso, o sea, nosotros no hacemos una investigación irresponsable, si no amerita la investigación eso se archiva y queda así”.

-Eso es lo que muchas veces le preocupa a la gente también, esa investigación, y yo creo, que, en los últimos tiempos del Jurado gracias a estas investigaciones abiertas, digamos, con base a publicaciones periodísticas, insertó muchas más investigaciones. ¿Cómo la gente puede llegar a denunciar acá en el Jurado? La ciudadanía tiene posibilidad de hacer su denuncia o solamente se puede presentar una acusación.

“En este caso, nuestra ley es bastante clara, habla de que uno tiene que ser parte de la cosa en litigio, o sea que tiene que ser parte afectada para poder recurrir al Jurado de Enjuiciamiento cuando observa al mal desempeño de los magistrados. O sea, que uno tiene que ser parte, no cualquier ciudadano puede recurrir al Jurado para denunciar un caso, verdad, a no ser que el caso sea planteado por uno de los miembros. Justamente por esa fuente periodística a través de las investigaciones que estamos haciendo actualmente, el Jurado puede proceder, pero un ciudadano cualquiera, sino es parte afectada en el litigio no puede recurrir”.

-En todo caso, a ver, uno puede entonces, digamos más o menos si le llega algún miembro del Jurado y le trae evidencias, ese miembro del Jurado es el que puede plantear y proponer en la sesión

“Está dentro de las atribuciones, así como decís. Ese es un buen canal, o sea que una víctima de mal desempeño de un magistrado puede recurrir a un miembro del Jurado Enjuiciamiento, y ese miembro tiene todas las atribuciones para plantear al pleno una investigación preliminar o un enjuiciamiento, de acuerdo al caso”.

-Claro, en ese tipo de casos cuando hay afectados muy particulares de hecho que acusan o buscan los medios legales. En los casos es donde hay intereses, cómo se llaman difusos, contra delitos ambientales, por ejemplo es lo que no hay una víctima concreta; de repente, entonces se dificulta más denunciar o presentar una acusación y la vida sería entonces, eh, traer esos elementos a alguno de los miembros.

“Así mismo, en cuanto a los intereses difusos, yo creo que la Constitución Nacional es bastante clara y cualquiera tiene la obligación cuando se trata de cuestiones ambientales, por sobre todo a denunciar y eso le hace parte del juicio. En cuanto a tu pregunta concreta, yo creo que nuestra ley la 6814 tiene aspectos a mejorar también. Es importante que toquemos ese tema Carlos, porque hay muchas cosas a mejorar en esa ley, entiendo que la ley facilita que nuestras sesiones sean en vivo, facilita, a que tengamos como Jurado un plazo, porque se habla de cierta cantidad de días, hablamos de 180 días, y yo creo que esas son las cosas que fueron producidas en esta nueva ley verdad; pero creo también que podemos nosotros enriquecer esa ley y trabajar en una propuesta de modificación, de manera hacer más funcional al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados”.