El abogado Raúl Cardozo solicito su libertad ambulatoria o un permiso especial para trabajar de lunes a sábados de 06:00 a 21:00, refiere que en su celular me ha llegado varias audiencia a los efectos del trabajo diario como profesional abogado, “ ya que necesito el trabajo para sostener mi familiar ya que tengo una hija menor de 4 meses y medio y que en varias ocasiones debo llevarla a los hospitales para su atención medica aclarando que mi nueva pareja no maneja vehículos y que si o i debo recurrir en dichos lugares por lo que pido a S.S. la solicitud en esta revisión”.

Al respecto el juez Humberto Otazú refirió, “ seguidamente, en atención a los fundamentos de la defensa en la petición realizada, el Juzgado pasa a analizar lo solicitado, y en este sentido, con relación al peligro de fuga, tenemos que al procesado se le atribuye la comisión del hecho punible de tráfico de influencia el cual tiene una expectativa de pena privativa de libertad, existirían elementos de investigación que sustentan los hechos atribuidos al mismo, razón por la cual se ha formulado imputación en su contra. Al remitirnos al análisis del peligro de obstrucción a la investigación, vemos que los presupuestos legales del Art. 244 del C.P.P. no han variado conforme lo expuesto en el A.I. N° 26 del 23 de febrero del 2024. Con relación al pedido de permiso para trabajar de lunes a sábados hasta las 06:00 a 21:00 hs., este Juzgado considera que el pedido realizado es contrario a la naturaleza de la medida cautelar impuesta de arresto domiciliario el cual se halla debidamente justificado no así alguna otra medida como un permiso para cuestiones laborales, teniendo en cuenta que, desde el dictamiento del A.I. N° 26 del 23 de febrero del 2024 las circunstancias que la llevaron a dictarla no fueron desvirtuadas por la defensa, asimismo, la causa se halla en etapa investigativa lo que requiere necesariamente la presencia del procesado, por lo que, corresponde mantener la medida cautelar de arresto domiciliario dispuesta en autos por A.I. N° 26 del 23 de febrero del 2024 con relación a RAUL CARDOZO”.

La investigación inicia tras la denuncia de Andrea Soledad Díaz Escobar, quien relató que su marido fue denunciado por violencia familiar en la Unidad N° 3 de Villa Hayes. Contrataron al abogado Cardozo para que lleve la causa e hizo de intermediario con los funcionarios del Ministerio Público. La denunciante refirió que luego habló con el asistente Petters, quien le señaló que para que su marido no sea imputado tenía que pagar G. 5 millones y posterior a ellos se archivaría el caso. “Le consulte si esa suma era solo para él, me manifestó que le monto a ser abonado era su jefe el fiscal Alfredo Mieres”, añade la imputación de Piñánez.

Con base a la denuncia se hicieron las diligencias investigativas, con autorización judicial para las filmaciones de audio y video de un eventual encuentro o entrevista entre la denunciante y el denunciado. El 21 de febrero pasado, se realizó el operativo encubierto en el que fueron detenidos el asistente y el abogado, que fueron a buscar el dinero en el domicilio de la denunciante. Antes de la entrega de la plata se realizó una breve conversación, en donde la denunciante le volvió a preguntar cuales eran las garantías de que se iba a cumplir lo acordado. Entonces, el asistente le respondió que se iba a archivar el caso, ya que el fiscal iba a “recibir algo” y que el monto no era nada importante, ya que la plata era para su jefe o sea el fiscal Mieres, quien no fue incluido en la imputación, ni en la investigación, que al parecer no llegó hasta él, que podría haber sido el “pez gordo”.

El Observador