Gubetich cuestionó la intervención de Garay en el A.I. N.º 663 del 25 de septiembre que rechazó las recusaciones contra las camaristas Claudia Criscioni y Silvana Raquel Luraghi, integrantes del Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado de la Capital. 

Alegó que el ministro había sido convocado únicamente para resolver una recusación contra Ramírez Candia y que esa función ya había concluido. La recusación contra los demás miembros fue por haber firmado la resolución junto a Garay. 

La actuaria Karina Peroni también fue recusada, alegando que omitió “salvaguardar la regularidad de las actuaciones” al permitir que César Garay “un miembro carente de competencia legal suscribiera la resolución”.

La Sala listó las adoptadas respecto a los recursos y planteamientos presentados por el expresidente del IPS: 

  • Recusación contra el ministro Luis María Benítez Riera declarada inoficiosa mediante el A.I. N° 491 (31/07/2026).
  • Recusación contra el ministro Manuel Dejesús Ramírez Candia rechazada por A.I. N° 491 (31/07/2026).
  • Aclaratoria contra el A.I. N° 491 rechazada por A.I. N° 530 (20/08/2026).
  • Recusación contra las camaristas Claudia Carolina Criscioni Ferreira y Silvana Raquel Luraghi Sarubbi rechazada por A.I. N° 663 (25/09/2026).
  • Nuevas recusaciones contra los ministros César Garay Zuccolillo, María Carolina Llanes y Manuel Dejesús Ramírez Candia rechazadas in limine (en esta resolución .
  • Incidente de nulidad absoluta contra el A.I. N° 663 rechazado también en este acto. 

En ese sentido, la Sala sostuvo que ha perdido competencia para el estudio de las nuevas cuestiones incidentales planteadas por el procesando y advirtió formalmente a Gubetich Mojoli sobre el uso de facultades disciplinarias en caso de persistir en conductas procesales dilatorias o abusivas.

ACUSACIÓN

Según la acusación del fiscal Marcial Machado, los hechos se iniciaron en 2021 a partir de la venta de dos departamentos en el complejo Aqua Village de la ciudad de Altos, una vivienda en el condominio Montecillo de Asunción y un inmueble en Florianópolis, Brasil, al al médico Eustacio Rojas Alegretti, en aquel entonces amigo del matrimonio. La operación tenía como objetivo obtener financiación para la candidatura al senado de Gubetich. 

Por un departamento y un estacionamiento ubicado en el Aqua Village de San Bernardino, la víctima acordó un precio total de USD 600.000, entregando USD 20.000 en efectivo al momento del contrato y asumiendo el saldo mediante el compromiso de cancelación de pagarés y deudas vigentes, sin embargo esta propiedad se encontraba hipotecada y el contrato de compraventa no estaba formalizado. 

La segunda propiedad fue otro departamento y dos estacionamientos ubicados en el mismo complejo pactado en USD 780.000. El pago se estructuró con una entrega inicial de USD 30.000 en efectivo, mientras que los restantes USD 750.000 fueron documentados a través de pagarés y cheques refinanciados que posteriormente ingresaron al circuito financiero.

Estos inmuebles ni siquiera pertenecían al matrimonio, según la acusación, pues el 15 de junio de 2021, cinco meses antes de ser negociado con el médico, Gubetich y su esposa habían cedido sus derechos a favor de la firma JSM Wealth Management S.A. y el 22 de julio de 2021 suscribieron el respectivo contrato privado de compraventa.  

La tercera propiedad en cuestión es una casa en el Condominio Montecillo, negociada por un valor total de USD 878.000. En este caso, se realizó una entrega de USD 35.000, sumada a USD 144.000 entregados en efectivo para la cancelación de documentos que no fueron devueltos, y la refinanciación del saldo restante de USD 699.000 mediante créditos bancarios.

En este caso, la propiedad no pertenecía al matrimonio, era únicamente de María Rosa Araújo con usufructo vitalicio a favor de su padre, pero fue ofrecido y vendido por Gubetich como si fuera de su propiedad exclusiva y libre de gravámenes. 

Por último se encuentra un departamento ubicado en el complejo turístico Costão do Santinho, Florianópolis, Brasil, operación fijada en USD 100.000, suma que fue abonada íntegramente en efectivo. Esta propiedad fue ofrecida como una reparación de las pérdidas ocasionadas por las otras operaciones, pues el afectado ya había detectado las irregularidades, pero al verificar las condiciones del inmueble, comprobó que ya había sido vendido a un tercero.