“No caben dudas de que nos encontramos ante un caso de fraude procesal ideado con la única intención de privarnos de ejercer el derecho a la defensa, mediante actos procesales completamente viciados de nulidad. Por tanto, la única vía tendiente a la reparación del perjuicio causado en detrimento de legítimos derechos es la declaración de nulidad de las actuaciones procesales atacada de nulidad”, apuntó la Senabico, en el incidente de nulidad que planteó en la “Acción preparatoria de juicio Ejecutivo”, que promovió la empresa Grupo Paraná, contra Biocombustible Brasilero SA y Gilberto Suárez, uno de los presuntos testaferros de Cabeza Branca y prófugo de la justicia en el proceso por lavado de dinero y asociación criminal.
La acción preparatoria se había promovido ante el juez de Capitán Bado, Cristhian Ariel Sánchez, para ejecutar cinco pagarés supuestamente firmados por el prófugo Suárez en representación de Biocombustible.
El Grupo Paraná en fecha 5 de agosto de 2021 se presentó a iniciar la acción preparatoria y el juzgado, por providencia del 11 de agosto de 2021 dictó la resolución de admisión de la acción preparatoria. El 12 de agosto, el magistrado libró mandamiento de embargo preventivo sobre la estancia “La Nelly” cuyo remate se iba a ejecutar, pese a que el inmueble hace rato está administrada por Senabico.
El ente del Estado, en su presentación había enumerado una serie de irregular en el proceso civil y por ello solicitó su nulidad.
El juez Sánchez había declarado la caducidad del incidente a pedido de los abogados demandantes, ante la supuesta inacción de los abogados de la Senabico.



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