La Cámara compuesta por los jueces Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la defensa, al considerar que no expuso de manera concreta el vicio o error que padece la sentencia definitiva.

“La recurrente fundamenta su agravio, en una supuesta la violación de preceptos constitucionales. Sin embargo, lo hace en forma generalizada, sin especificar, concretamente cuáles fueron los puntos de la base de la medición de la pena que han sido erróneamente aplicados o calificados, sostuvo Vera Navarro.

Agrega que no se ha plasmado la debida explicación del por qué no corresponde la valoración dada por el Tribunal de Sentencia al momento de sopesar las circunstancias generales a favor y en contra de los condenados, tampoco hace alusión al modo en que el mismo afecta a sus derechos,

En base a lo manifestado precedentemente y en atención a las consideraciones que anteceden, al no hallarse cumplido uno de los requisitos fijados en el Código Ritual en relación a la forma de interposición,

Por ende corresponde declarar la inadmisibilidad del Recurso de Apelación Especial interpuesto por la Abg. Delfina Cibils en contra de la S.D. Nº 87 de fecha 22 de marzo de 2023, dictada por el Tribunal Colegiado de Sentencia conformado por el Juez Juan Carlos Zárate como Presidente y las Juezas María Fernanda García de Zúñiga y Yolanda Portillo como Miembros Titulares. –

A sus respectivos turnos los Dres. Bibiana Benítez Faría Y José Agustín Fernández manifiestan adherirse al voto precedente por los mismos fundamentos.