El Ministerio Público solicitó siete años y seis meses de prisión para el exjuez penal de Garantías de Alberdi Geraldino Cazal Argüello, cuatro años y seis meses para la exfiscal María Angélica Acosta Bjasso y la misma pena para el abogado Luis Antonio Méndez Vera. Los pedidos fueron formulados durante los alegatos finales ante el Tribunal de Sentencia integrado por las juezas Ana Rodríguez, Yolanda Morel y Karina Cáceres.

El fiscal Luis Piñánez sostuvo que los testimonios, las pruebas documentales, las grabaciones y las extracciones de datos de teléfonos celulares permitieron acreditar la acusación. A Cazal y Acosta les atribuyó cohecho pasivo agravado, mientras que a Méndez Vera le atribuyó tráfico de influencias por su presunta intermediación en las negociaciones.

La acusación se centra en gestiones realizadas en 2019 para favorecer a Teófilo Gómez Vega, quien estaba procesado por presunta coacción sexual y violación contra una menor de edad. Acosta intervenía como titular de la Unidad Penal N.º 1 de Alberdi, Cazal como juez de Garantías y Méndez Vera como abogado de la querella adhesiva.

Según la reconstrucción presentada por Piñánez, una de las abogadas de Gómez Vega acudió a una audiencia con Acosta, en la que la entonces agente fiscal habría solicitado G. 40 millones para lograr un acuerdo conciliatorio con la víctima. El fiscal sostuvo que esa salida no era jurídicamente viable por las características del hecho investigado.

Posteriormente, el abogado Ramón Acosta, también integrante de la defensa, mantuvo una reunión con la agente fiscal. De acuerdo con la acusación, ella le indicó que debía contactar con Méndez Vera para buscar una solución procesal.

A partir de ese contacto se desarrollaron conversaciones por WhatsApp y llamadas telefónicas que, según el Ministerio Público, permitieron reconstruir tanto la medida que se pretendía obtener como los montos solicitados. Piñánez también mencionó comunicaciones entre el entonces juez, la fiscala y el abogado de la querella.

La Fiscalía señaló que el monto inicial se distribuía en G. 20 millones para la madre de la víctima, G. 10 millones para Acosta y otros G. 10 millones para Cazal. Según la exposición, esa distribución quedó registrada en una conversación del 9 de julio de 2019 entre Ramón Acosta y Méndez Vera.

Piñánez sostuvo que, posteriormente, se solicitó una suma adicional de G. 3 millones que sería repartida entre el juez y la agente fiscal. De acuerdo con su relato, el abogado defensor volvió a mencionar los montos durante otra comunicación y Méndez Vera confirmó las condiciones.

El representante del Ministerio Público presentó estos intercambios como parte de un pedido de dinero vinculado a decisiones procesales favorables para Gómez Vega.

Según la acusación, el plan consistía en firmar previamente un acuerdo de reparación económica entre el procesado y la madre de la víctima, que sería formalizado ante una escribanía. El documento presentaría el pago como una contribución para gastos de atención psicológica y otras necesidades de la menor.

Después se realizaría la audiencia de imposición de medidas. La Fiscalía sostuvo que Acosta mantendría formalmente su pedido de prisión preventiva, mientras que la defensa solicitaría arresto domiciliario y Cazal concedería esa medida. Como parte de lo conversado, la decisión no sería apelada por la agente fiscal ni por la querella.

Piñánez también mencionó el envío, mediante WhatsApp, de una imagen con la estructura del acuerdo. Según su exposición, Méndez Vera manifestó que el documento le había sido proporcionado por la entonces fiscala.

El fiscal expuso que las conversaciones también incluían pasos posteriores al eventual arresto domiciliario. Entre ellos, mencionó un pedido de abreviación del plazo de investigación y una declaración de la víctima en cámara Gesell.

Según el contenido citado durante los alegatos, Méndez Vera planteó hablar con la menor para que cambiara su versión. “Para que manifieste totalmente lo contrario de lo que ella dijo”, fue una de las expresiones reproducidas por Piñánez al describir la propuesta que, según la acusación, buscaba obtener el cierre de la causa.

El Ministerio Público sostuvo que estas gestiones pusieron en riesgo la persecución penal de un hecho contra la indemnidad sexual de una menor y la expusieron a una situación de desprotección institucional.

Las negociaciones se desarrollaron en medio de dificultades para concretar el acuerdo y la comparecencia de Gómez Vega. Según la exposición fiscal, su ausencia a una audiencia derivó en la declaración de rebeldía y una orden de captura.

Piñánez relató que también surgieron cuestionamientos por la intervención de otras abogadas de la defensa y por la presentación de un hábeas corpus. De acuerdo con las comunicaciones que citó, Méndez Vera transmitió que esa última actuación había generado molestia en el entonces juez.

El abogado Ramón Acosta presentó posteriormente una denuncia penal. Desde ese momento, según el fiscal, las conversaciones continuaron con acompañamiento y monitoreo de la unidad especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción del Ministerio Público.

La Fiscalía indicó que, aún después de la denuncia, se mantuvieron los contactos sobre el acuerdo, los pagos y la posibilidad de obtener arresto domiciliario. También se discutió el temor de que Gómez Vega fuera detenido durante su traslado debido a la orden de captura vigente.

Al justificar los pedidos de condena, Piñánez sostuvo que los acusados habrían utilizado sus funciones y conocimientos profesionales para obtener beneficios económicos indebidos. También señaló el daño a la credibilidad del sistema de justicia y el peligro de impunidad en la causa de origen.

Respecto a Cazal, explicó que la pena solicitada de siete años y seis meses responde a la sanción agravada prevista para los magistrados judiciales. Para Acosta pidió cuatro años y seis meses por cohecho pasivo agravado, y para Méndez Vera solicitó igual pena por tráfico de influencias.

El fiscal indicó que la ausencia de antecedentes penales fue valorada como una circunstancia favorable.