La fiscal acusadora, Abg. Carmela Ramírez, formalizó el pedido de remoción contra los agentes fiscales ambientales con sede en el decimocuarto departamento del país. La acusación se fundamenta en un giro injustificado de la postura acusatoria en las causas 1636/2021 y 1562/2023, en las cuales se investigaba la tala no autorizada de más de 40 hectáreas de bosques naturales en la zona de Villa Ygatimí.

Según expuso la representación fiscal, las investigaciones se iniciaron con acusaciones firmes que contemplaban expectativas de pena de entre 3 y 8 años de prisión. Sin embargo, durante las audiencias preliminares, los agentes consintieron la recalificación de los hechos hacia figuras penales leves y aceptaron acuerdos de recomposición ambiental por montos de apenas G. 5.000.000, contraviniendo dictámenes de la Dirección de Derecho Ambiental de la Corte Suprema.

En la misma jornada, el fiscal acusador Abg. Celso Ayala formuló el pedido de destitución contra el juez Penal de Garantías N.º 2 de Curuguaty, Abg. Ramón Alberto Florentín. Ayala argumentó que el magistrado dictó resoluciones carentes de la fundamentación constitucional exigida por el artículo 125 del Código Procesal Penal y evidenció incongruencias manifiestas entre la parte emotiva y resolutiva de sus fallos.

Entre los puntos más graves atribuidos al juez Florentín figura la desnaturalización del control judicial en una causa de deforestación. Al conceder la suspensión condicional del procedimiento a uno de los acusados, el magistrado designó como “asesor de pruebas” encargado de fiscalizar los trabajos de reforestación al propio procesado, dejando el cumplimiento de las medidas ambientales a expensas del infractor.

La acusación fiscal concluyó que la actuación de los tres funcionarios judiciales encuadra en las causales de mal desempeño en sus funciones previstas en el Artículo 14 (incisos B y G) de la Ley N.º 6814/2021, al haber demostrado parcialidad e inobservancia grave de los deberes de objetividad. El expediente queda a cargo de los integrantes del JEM para la emisión de la sentencia definitiva.