A través del Auto Interlocutorio N.° 267, la magistrada estableció el 31 de marzo de 2028 como fecha de culminación del periodo probatorio. Asimismo, citó al condenado a comparecer ante el Juzgado el próximo 27 de octubre de 2026, a las 10:30 horas, en compañía de su abogado defensor y el asesor de pruebas que deberá ser propuesto en un plazo de tres días hábiles.
La resolución dispone un apercibimiento expreso de que, en caso de incomparecencia o incumplimiento, se revocará el beneficio concedido y se ordenará su captura inmediata para el cumplimiento de la pena privativa de libertad en un establecimiento penitenciario.
Entre las reglas impuestas en la Sentencia Definitiva N.° 15, del 12 de marzo de 2026, se destacan la prohibición de salir del país sin autorización judicial y la obligación de comparecer de forma trimestral, del 1 al 5 de cada mes, ante la secretaría del juzgado. Adicionalmente, la magistrada dispuso oficiar al Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia para comunicar formalmente la condena, en cumplimiento de las normativas vigentes relativas a funcionarios del Poder Judicial y auxiliares de justicia.
El caso se remonta a noviembre de 2016, cuando Aquino se desempeñaba como juez en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de Caaguazú. Según la acusación fiscal había solicitado dinero al abogado Andrés Ayala a cambio de una resolución favorable en una regulación de honorarios. El pedido inicial habría sido de USD 150.000, luego reducido a USD 100.000 y finalmente a USD 30.000.
La entrega vigilada de los USD 30.000 se realizó el 16 de noviembre de 2016, a través de un funcionario judicial, en una estación de servicios de Caaguazú. Posteriormente, la Fiscalía intervino el juzgado y encontró el dinero entregado por el denunciante.





