La decisión de la magistrada se produjo luego de que el jefe de la Agrupación Especializada de la Policía Nacional informara, mediante un oficio, que no dispone de celdas para albergar a más internos civiles, teniendo en cuenta la superpoblación penitenciaria. 

“No se dispone de espacio físico (celdas) suficientes para albergar a más internos (civiles), teniendo en cuenta la actual superpoblación de personas privadas de libertad (personal policial activo con prisión preventiva y condena), por tal motivo, resulta inviable recibir a persona privada de su libertad que no sea personal policial”, refiere el informe de la Agrupación. 

Ante tal circunstancia, la juez Montanía remitió nuevamente el expediente a la Cámara de Apelación, a fin de que esta se pronuncie al respecto.

En ese contexto, la defensa del procesado formuló manifestaciones y solicitó que se disponga, con carácter urgente, el traslado de Vilhalba a un establecimiento penitenciario convencional, distinto de un régimen de máxima seguridad, preferentemente a la Penitenciaría  Regional de Pedro Juan Caballero o a otro establecimiento ordinario disponible y adecuado. 

Además, planteó que se requiera a la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios que informe, dentro de un plazo breve, las plazas disponibles y las condiciones de recepción, y librar de inmediato los  oficios necesarios para materializar el traslado.