La calificación jurídica atribuida por el equipo de agentes fiscales ubica a Santiago Peña Palacios en calidad de instigador del hecho punible de Lesión de Confianza (Art. 192, inc. 1 y 2, en concordancia con el Art. 30 del Código Penal) y autor de Administración en Provecho Propio (Art. 8 de la Ley N.º 2523/2004). Por su parte, Carlos Dagoberto Carvallo Spalding fue imputado como autor de Lesión de Confianza, Producción Inmediata de Documentos Públicos de Contenido Falso y Administración en Provecho Propio.

De acuerdo con los elementos recolectados en la carpeta de investigación, entre los años 2023 y 2026 la entidad bancaria involucrada concentró una suma superior a los G. 3,6 billones (Gs. 3.608.550.782.201) y USD 233,4 millones en colocaciones de entes públicos como el Instituto de Previsión Social (IPS), Itaipú Binacional, Yacyretá, ANDE, la Caja Bancaria, CAJUBI y la Caja de la ANDE. En el caso del IPS, se destaca la aprobación de compra de bonos por G. 250.000 millones efectuada en agosto de 2024, apenas 48 horas después de una reunión privada sostenida entre el entonces mandatario y el titular del ente previsional.

La Fiscalía documentó la existencia de conflictos de intereses directos, detallando que Santiago Peña conservó hasta marzo de 2025 un total de 6.144 acciones en Ueno Holding S.A.E.C.A. (1,58% del capital social), además de instrumentos financieros en la firma ITTI S.A.E.C.A., mientras su hermano figuraba en la estructura matriz constituida en Luxemburgo. Paralelamente, en mayo de 2024 el banco otorgó al exjefe de Estado préstamos por G. 3.548 millones con amortizaciones mensuales que sextuplicaban el salario presidencial.

El escrito acusatorio expone además maniobras de triangulación financiera y venta simulada de cartera crediticia por más de USD 71 millones y G. 280.500 millones a la firma Vinanzas S.A., con el propósito de encubrir excesos de límites prestables concedidos a sociedades comerciales afines (Mowi S.A., Grupo Hendy S.A. y Grupo M S.A.) que acumulaban compromisos por G. 743.784 millones.

En lo relativo a la actuación del órgano regulador, el Ministerio Público sostiene que Carlos Carvallo omitió excusarse de fiscalizar a su antiguo empleador tras asumir la presidencia del BCP, congelando la aplicación de planes obligatorios de regularización a pesar de que el índice de solvencia del banco cayó por debajo del 50% del mínimo legal. En el mismo periodo, se detectó que la cónyuge de Carvallo facturó servicios por G. 165 millones a la firma Grupo Vázquez S.A.E., mientras el banco lanzaba promociones masivas para captar depósitos de ahorristas antes de su resolución.

Al fundamentar el peligro de fuga y obstrucción a las pesquisas, los fiscales incorporaron la declaración testimonial del personal doméstico de la residencia oficial de Mburuvicha Róga, el cual confirmó la recepción y entrega en mano al exmandatario de dos paquetes que contenían un total de USD 200.000 en efectivo no bancarizados. Ante estos hallazgos, la representación fiscal solicitó al Juzgado Penal de Garantías Especializado la prisión preventiva de ambos procesados, la inhibición general de enajenar y gravar bienes, el bloqueo de sus activos en el sistema financiero y un plazo de seis meses para formular el requerimiento conclusivo.