El presunto hecho precedente del lavado de dinero en la presente causa es la usura, proveniente aparentemente de los préstamos de dinero que el González Daher realizaba como actividad comercial con intereses elevados, a más de los abusos practicados sobre dichos préstamos en detrimento del patrimonio de los prestatarios.
Las ganancias que habrían obtenido los acusados por estos préstamos de dinero con intereses usurarios, otorgados por Ramón González Daher, fueron depositados supuestamente en las cuentas bancarias abiertas y de forma conjunta por este último, así como por Fernando González Karjallo y Delcia Karjallo de González.
Como medida cautelar solicitaron el arresto domiciliario y el embargo de los bienes por casi 300 millones de dólares



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