Según pudieron averiguar periodistas de La Clave, hay al menos tres causas que fueron rechazadas por el JEM, y que involucran a la jueza Cinthia Garcete. La denuncia más reciente data del 2022, denominada Osvaldo Morínigo Maldonado c/ Abogados Cinthia Garcete y Amílcar Marecos en el marco del expediente fiscal “Ministerio Público c/Gustavo Adolfo Vera Bertolo y otros s/supuesto hecho punible de cohecho pasivo agravado y otros”. En este caso, el exsecretario de industria y comercio de la Gobernación de Alto Paraná, Iván Alipio Antonio Airaldi Franco, había presentado denuncia ante el JEM contra ambos jueces, por otorgar el sobreseimiento definitivo a agentes policiales en un caso de extorsión a turistas brasileños.
En el caso, Airaldi Franco acusó de manera directa a la jueza Cinthia Garcete de haber modificado la carátula del expediente en plena audiencia preliminar con el visto bueno del fiscal Sergio Irán Villalba. La jueza Garcete valoró las pruebas ofrecidas por la Fiscalía, constituyéndose en juez de sentencia para probar el mal desempeño de sus funciones, según el escrito de denuncia arrimado de manera electrónica a la presidencia del JEM, con pedido de intervención inmediata para procesar y castigar a la magistrada denunciada por existir numerosos elementos de juicio para su destitución. No obstante, pese a las evidencias, el Jurado rechazó la denuncia y decidió archivarla.
Así también, el JEM no acompañó otra denuncia contra la Garcete, en la causa nº 203/2020 caratulada: “Juan Gabriel Dielma Martínez c/ Abgs. Cinthia Garcete Urunaga, jueza penal de garantías n° 05 de Ciudad del Este e interina del juzgado penal de liquidación y sentencia, Circunscripción Judicial de Alto Paraná; y, Carina M. Frutos Recalde, jueza penal de garantías de la ciudad de Presidente Franco e Interina del Juzgado penal de liquidación y sentencia, Circunscripción Judicial de Alto Paraná”, en el expediente caratulado: “Ministerio Público c/Juan Gabriel Dielma y otros s/invasión de inmueble ajeno”.

En sus últimas aberrantes actuaciones, la jueza liberó a la mayoría de los agentes “gatillo fácil” que mataron a una pareja en un procedimiento fallido, en noviembre del año pasado.
NO PUEDEN DENUNCIAR LOS QUE CARECEN DE “SOLVENCIA”
Recientemente, la jueza Garcete estuvo nuevamente en el ojo de la tormenta, al liberar a los policías “gatillo fácil” que mataron a una joven pareja, en noviembre del año pasado, en el km 12 Acaray de CDE, durante un procedimiento totalmente irregular y fallido. Pese a la existencia de pruebas contundentes, como la existencia de un informe del laboratorio criminal de la Policía Nacional, que confirma que todos los 11 agentes involucrados en el fallido operativo efectuaron disparos de arma de fuego, evidenciando su culpabilidad en el doble asesinato, la jueza otorgó arresto domiciliario a todos los uniformados, quienes presuntamente habrían pagado la suma de 10 mil dólares por cabeza, para obtener su libertad, según lo señalado por fuentes fidedignas.
Familiares de la pareja asesinada lamentaron la existencia de la ley 6814, que regula el procedimiento para la remoción de magistrados y que impide que personas de escasos recursos presenten denuncias, ya que las exigencias establecidas en el artículo 19 de la referida ley señalan que “el acusador particular deberá acreditar la condición invocada y su solvencia económica para responder de todas las costas, daños o perjuicios que pudiere ocasionar”, por lo que resulta imposible que una persona en situación de pobreza, que no posee propiedades o suficiente dinero en cuentas bancarias, presente alguna denuncia ante el JEM. Los mismos aseguraron que, de no ser por este punto, podrían haber denunciado a la Garcete, sin embargo, en estas condiciones, resulta imposible.



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