Por requerimiento fiscal N° 90 del 7 de octubre de 2022, presentado ante el juzgado el 28 de febrero de 2023, el fiscal Juan Ledesma solicitó la desestimación de la denuncia contra Retamozo.

La investigación surgió a partir de una publicación del diario ABC Color del 1 de febrero de 2019, referente a supuestas irregularidades en el marco del convenio firmado en el proceso de contratación por vía de la excepción y administración portuaria convocada por la Administración Nacional de Navegación y Puertos.

La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas emitió el dictamen N3.361/19 del 22 de marzo de 2019, en el cual refiere: “En ese orden de cosas, de conformidad a las argumentaciones expuestas se tiene que no se encuentran elementos de mérito suficiente para la apertura de una investigación de oficio…”.

La Contraloría hizo las siguientes observaciones: Falta de documentación sobre estudio de costo estimativo; las causales mencionadas en el dictamen de justificación para la contratación por vía de la excepción y su ampliación no cumplen con los requisitos exigidos en el artículo 33 de la ley 2051/03 De Contrataciones Pública, y los artículos 70, 72 y 73 del Decreto 21909/03 por la cual se reglamenta la ley 5051/03 de Contrataciones Públicas.

“De conformidad a lo señalado más arriba, se puede advertir conclusiones contrapuestas referentes a la misma cuestión analizada. Por un lado, en dos oportunidades la DNCP ha verificado y dictaminado con relación a la pertinencia del llamado por la vía de la excepción, dictaminando en las dos ocasiones, que el llamado se encontraba plenamente justificado”, apuntó el fiscal.

“Sin embargo, el equipo auditor de la Contraloría concluyó que no se dio cumplimiento a lo establecido en la Resolución DNCP N° 411/8, artículo 4° para establecer el costo estimado del bien a ser adquirido, y por otro lado, que las causas mencionadas en el dictamen de justificación para la Contratación por la vía de la excepción y su ampliación no cumple con los requisitos exigidos.

La Contraloría refirió que no se cumplió lo establecido en la Resolución DNCP N° 411/8, artículo 4° para establecer el costo referencial del bien a ser adquirido, en este caso particular Sistema Sofia de Gestión y Administración Portuaria, así como también, que dicha circunstancia podría incidir directamente en la razonabilidad o no del monto desembolsado para la adquisición del software en cuestión”.

“A fin de determinar si con la adquisición realizada se habría o no ocasionado algún perjuicio patrimonial a la ANNP, la fiscalía consideró pertinentes la realización de una pericia, a los efectos de determinar cuanto sigue: Si el Sistema Sofia de Gestión y Administración Portuaria cumple con las especificaciones técnicas establecidas en el pliego de bases y condiciones, 2) Si el monto abonado por la ANNP, la suma de G. 6.000 millones a la firma SIF América SA por la adquisición del sistema informático, se encuentra acorde al valor del sistema adquirido, y/o si existe sobrevaloración en el costo del mismo”, apuntó Ledesma.

“Al respecto, el licenciado Ramiro Espínola, Coordinador de Apoyo Técnico de la Unidad Especializada de Delitos Informáticos del Ministerio Público, emitió sus conclusiones, refiriendo entre otras cosas: “Teniendo en cuenta las informaciones recabadas en los documentos, se puede mencionar que el Sistema Sofia de Gestión y Administración Portuaria cumple con lo solicitado en el liego de bases y condiciones. En cuanto al monto abonado por la entidad contratante, ANNP, a la empresa SIF América SA por la adquisición del sistema informático se podría decir que se encuentra al precio de mercado…”

Es decir, para blanquear a Retamozo consideró las conclusiones de Espínola que dijo que se cumplió con lo exigido en el pliego de bases y condicionales y en cuanto al monto dijo que “SE PODRÍA DECIR QUE (LA ADQUISICIÓN) SE ENCUENTRA AL PRECIO DEL MERCADERO”. Como se puede leer en mayúscula, el perito refirió que “SE PODRÍA” decir que se pagó el precio del mercado. El perito no aseguró, sino dijo podría. Sin embargo, el fiscal Ledesma consideró esto como algo concluyente, cuando no es así.

El 3 de marzo, el juez José Delmás le dio trámite de oposición al requerimiento de Ledesma, que el 8 de marzo pasado se ratificó en su postura.

El magistrado de nuevo se opuso y remitió los antecedentes a la Fiscalía General.

Por dictamen 556 del 23 de marzo pasado, la fiscala adjunta de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción se ratificó en el pedido de desestimación.